Ayudas a empresas

null Programa de apoyo a inversiones productivas y tecnológicas

Breve descripción de la ayuda

El objetivo principal de esta ayuda es fomentar los proyectos de inversión en activos materiales relacionados con:

  • Creación de un nuevo establecimiento.
  • Ampliación de la capacidad de un establecimiento existente.
  • Diversificación de la producción de un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el mismo o una transformación fundamental del proceso global de producción de un establecimiento existente.

El proyecto de inversión deberá tener un presupuesto subvencionable mínimo de 50.000€. En el caso de ayudas concedidas para una diversificación de un establecimiento existente, los costes subvencionables deberán superar como mínimo el 200% del valor contable de los activos que se reutilizan, registrados en el ejercicio fiscal anterior al inicio de la inversión elegible.1

El proyecto de inversión no podrá estar iniciado antes de la presentación de la solicitud, es decir, que el primer compromiso en firme para el pedido de equipos u otro compromiso que haga la inversión irreversible, deber ser posterior a la fecha de presentación de la solicitud.

Así mismo, las inversiones tendrán que mantenerse durante al menos 3 años desde la finalización del proyecto, y el beneficiario deberá aportar, como mínimo, el 25% de la financiación del proyecto con recursos propios o recursos no subvencionados. Se dispondrá de un periodo máximo de 6 meses, contados a partir de la notificación de la resolución de la concesión de la subvención, para ejecutar las actuaciones.

Beneficiarios

PYMES, con forma societaria, de cualquier sector de actividad salvo las dedicadas a la pesca, acuicultura, producción primaria de los productos agrícolas y a los sectores del acero, carbón, construcción naval, fibras sintéticas, transporte e infraestructuras conexas y producción y distribución de energía e infraestructuras energéticas y de investigación, que realicen una inversión elegible en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Conceptos de gasto subvencionables

La adquisición de activos productivos materiales nuevos, realizada a terceros, excluidas las
adquisiciones a empresas del grupo o partes vinculadas.

Quedan excluidos la compra de terrenos, edificaciones, elementos de transporte externos y
obra civil (las instalaciones en fontanería y alumbrado, se consideran obra civil).

Tipo de Incentivo

Subvención a fondo perdido, con cofinanciación FEDER.

Intensidad de las ayudas

Límite de 50.000€ de ayuda con las siguientes intensidades:

- Pequeña empresa: hasta el 40%.
- Mediana empresa: hasta el 30%.

Bolsa Económica disponible

4.000.000 €

Fuente y fecha de publicación

Boletín Oficial de la Región de Murcia 4 de abril de 2022.

Organismo

Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía
Instituto de Fomento de la Región de Murcia.


Plazo de solicitud
El plazo de la solicitud será desde las 9 h. del día siguiente a la publicación de la convocatoria
hasta el 22 de abril de 2022.

Convocatoria

Extracto BORM